Crear la Secretaría de Seguridad Pública, integrar un Sistema Estatal de Seguridad Pública y un Consejo Ciudadano en que participen 12 representantes de la sociedad civil, empresariado, medios de comunicación, instituciones académicas y colegios de profesionistas donde por lo menos cuatro sean mujeres, propone una nueva iniciativa de Ley de Seguridad Pública del Estado de México.
En la propuesta presentada ante la legislatura mexiquense por José Luis Gutiérrez Cureño, se expone que el combate a la inseguridad es uno de los más sensibles y legítimos reclamos de la sociedad, que se agudiza por el aumento de la corrupción e impunidad que generan y propagan desconfianza contra instituciones responsables de dicho servicio.
Ante la inseguridad surge la necesidad de establecer mecanismos que favorezcan su prevención y combate pero también la eliminación de la corrupción, impunidad y los factores que causan descrédito en las instituciones; y el incremento de la violencia hace evidente que el modelo para combatir la inseguridad requiere ser fortalecido.
Con la intención de contribuir en el combate a la inseguridad, la iniciativa se elaboró con la participación de especialistas, organizaciones no gubernamentales y profesionales del derecho, conforme a lo dispuesto en la constitución mexicana, la ley general del sistema nacional de seguridad pública, ordenamientos legales estatales en vigor y distintas iniciativas formuladas en la materia.
El objetivo de la iniciativa es regular la estructura, organización y funcionamiento del sistema de seguridad pública del Estado de México y su coordinación con la federación, el Distrito Federal, los estados y municipios, y destaca la importancia de crear una secretaría para que de forma especializada se encargue de salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, orden y paz públicos.
La creación de la Secretaría de Seguridad Pública constituye una herramienta para replantear la política criminal de la entidad y se precisa conformar un Sistema Estatal de Seguridad Pública integrado por el Consejo de Seguridad Pública, el secretariado ejecutivo del consejo de seguridad pública, los consejos regionales y consejos municipales.
El Consejo de seguridad Pública será quien planee, coordina y supervise acciones, políticas y programas, y dará seguimiento a los acuerdos y lineamientos y políticas emitidos por el consejo nacional.
El consejo estatal se integrará por el gobernador, en carácter de presidente, el secretario general de gobierno, secretario de seguridad pública, el procurador general de justicia, los presidentes municipales que presidan los consejos regionales y el secretario ejecutivo del consejo.
Habrá otros invitados permanentes como el presidente del Tribunal superior de justicia del Estado de México, los diputados presidentes de las comisiones de Gobernación, Procuración de Justicia y Seguridad Pública, el comisionado de Derechos Humanos, consejeros ciudadanos de seguridad pública del Estado de México, el director general del Instituto de Servicios Periciales, el director general del Instituto de Formación profesional y capacitación de la entidad, el director general del instituto de prevención del delito, el del instituto de Atención a víctimas del delito y representantes o delegados en la entidad de la SEDENA, secretaria de seguridad pública y la PGR.
Se instaurará el Consejo Ciudadano para la seguridad pública del Estado de México, como órgano de consulta, análisis y opinión para participar en la planeación, evaluación y supervisión del sistema estatal; en él participará el secretario de seguridad pública como presidente, un secretario técnico que será el secretario ejecutivo del consejo de seguridad pública y 12 consejeros ciudadanos representantes de la sociedad civil, empresarios, instituciones académicas, colegios y asociaciones de profesionistas y medios de comunicación, de los cuales cuatro deberán ser mujeres, por lo menos.
Los consejeros ciudadanos serán electos por el pleno de la legislatura con el voto de dos terceras partes de sus integrantes presentes, para lo cual la legislatura deberá establecer los mecanismos de consulta necesarios.
Dicha iniciativa también procura la profesionalización de los servidores públicos de las instituciones policiales, bajo los principios de mérito, aptitud, calidad, desarrollo permanente, imparcialidad, estabilidad laboral y equidad de género; la profesionalización contiene las etapas de formación inicial, actualización, promoción, especialización y alta dirección para desarrollar al máximo las competencias, capacidades y habilidades del personal de las instituciones policiales.
Se integra por nueve capítulos: Disposiciones generales, el sistema de seguridad pública del Estado de México, la participación ciudadana para la seguridad pública, de la coordinación en el marco del sistema nacional de seguridad pública, de la información sobre seguridad pública (para sistematizar y clasificar la información, el intercambio, suministro y acceso, la certificación de la información, el registro administrativo de detenciones, el sistema único de información criminal y de los registros nacionales de personal de seguridad pública y de armamento y equipo), del programa de seguridad pública y prevención del delito para el Estado de México (es el instrumento legal a cargo del gobernador y obligatorio para servidores públicos), de los principios rectores de las instituciones de seguridad pública del estado (establece las obligaciones de integrantes de instituciones de seguridad pública, el régimen disciplinario para ellos y el servicio de carrera y de la profesionalización de los integrantes de las instituciones policiales del Estado de México), de la administración de los fondos de ayuda federal (precisa términos para regularlos, administrar y supervisar los fondos asignados al gobierno estatal o sus municipios para seguridad) y de las responsabilidades de los servidores públicos.
En cuanto a los fondos se precisa que deberán rendir informes trimestrales al secretariado ejecutivo del sistema nacional de seguridad pública sobre movimientos que presentan cuentas específicas, la situación del ejercicio de recursos, su destino y recursos comprometidos, devengados y pagados.
En la propuesta presentada ante la legislatura mexiquense por José Luis Gutiérrez Cureño, se expone que el combate a la inseguridad es uno de los más sensibles y legítimos reclamos de la sociedad, que se agudiza por el aumento de la corrupción e impunidad que generan y propagan desconfianza contra instituciones responsables de dicho servicio.
Ante la inseguridad surge la necesidad de establecer mecanismos que favorezcan su prevención y combate pero también la eliminación de la corrupción, impunidad y los factores que causan descrédito en las instituciones; y el incremento de la violencia hace evidente que el modelo para combatir la inseguridad requiere ser fortalecido.
Con la intención de contribuir en el combate a la inseguridad, la iniciativa se elaboró con la participación de especialistas, organizaciones no gubernamentales y profesionales del derecho, conforme a lo dispuesto en la constitución mexicana, la ley general del sistema nacional de seguridad pública, ordenamientos legales estatales en vigor y distintas iniciativas formuladas en la materia.
El objetivo de la iniciativa es regular la estructura, organización y funcionamiento del sistema de seguridad pública del Estado de México y su coordinación con la federación, el Distrito Federal, los estados y municipios, y destaca la importancia de crear una secretaría para que de forma especializada se encargue de salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, orden y paz públicos.
La creación de la Secretaría de Seguridad Pública constituye una herramienta para replantear la política criminal de la entidad y se precisa conformar un Sistema Estatal de Seguridad Pública integrado por el Consejo de Seguridad Pública, el secretariado ejecutivo del consejo de seguridad pública, los consejos regionales y consejos municipales.
El Consejo de seguridad Pública será quien planee, coordina y supervise acciones, políticas y programas, y dará seguimiento a los acuerdos y lineamientos y políticas emitidos por el consejo nacional.
El consejo estatal se integrará por el gobernador, en carácter de presidente, el secretario general de gobierno, secretario de seguridad pública, el procurador general de justicia, los presidentes municipales que presidan los consejos regionales y el secretario ejecutivo del consejo.
Habrá otros invitados permanentes como el presidente del Tribunal superior de justicia del Estado de México, los diputados presidentes de las comisiones de Gobernación, Procuración de Justicia y Seguridad Pública, el comisionado de Derechos Humanos, consejeros ciudadanos de seguridad pública del Estado de México, el director general del Instituto de Servicios Periciales, el director general del Instituto de Formación profesional y capacitación de la entidad, el director general del instituto de prevención del delito, el del instituto de Atención a víctimas del delito y representantes o delegados en la entidad de la SEDENA, secretaria de seguridad pública y la PGR.
Se instaurará el Consejo Ciudadano para la seguridad pública del Estado de México, como órgano de consulta, análisis y opinión para participar en la planeación, evaluación y supervisión del sistema estatal; en él participará el secretario de seguridad pública como presidente, un secretario técnico que será el secretario ejecutivo del consejo de seguridad pública y 12 consejeros ciudadanos representantes de la sociedad civil, empresarios, instituciones académicas, colegios y asociaciones de profesionistas y medios de comunicación, de los cuales cuatro deberán ser mujeres, por lo menos.
Los consejeros ciudadanos serán electos por el pleno de la legislatura con el voto de dos terceras partes de sus integrantes presentes, para lo cual la legislatura deberá establecer los mecanismos de consulta necesarios.
Dicha iniciativa también procura la profesionalización de los servidores públicos de las instituciones policiales, bajo los principios de mérito, aptitud, calidad, desarrollo permanente, imparcialidad, estabilidad laboral y equidad de género; la profesionalización contiene las etapas de formación inicial, actualización, promoción, especialización y alta dirección para desarrollar al máximo las competencias, capacidades y habilidades del personal de las instituciones policiales.
Se integra por nueve capítulos: Disposiciones generales, el sistema de seguridad pública del Estado de México, la participación ciudadana para la seguridad pública, de la coordinación en el marco del sistema nacional de seguridad pública, de la información sobre seguridad pública (para sistematizar y clasificar la información, el intercambio, suministro y acceso, la certificación de la información, el registro administrativo de detenciones, el sistema único de información criminal y de los registros nacionales de personal de seguridad pública y de armamento y equipo), del programa de seguridad pública y prevención del delito para el Estado de México (es el instrumento legal a cargo del gobernador y obligatorio para servidores públicos), de los principios rectores de las instituciones de seguridad pública del estado (establece las obligaciones de integrantes de instituciones de seguridad pública, el régimen disciplinario para ellos y el servicio de carrera y de la profesionalización de los integrantes de las instituciones policiales del Estado de México), de la administración de los fondos de ayuda federal (precisa términos para regularlos, administrar y supervisar los fondos asignados al gobierno estatal o sus municipios para seguridad) y de las responsabilidades de los servidores públicos.
En cuanto a los fondos se precisa que deberán rendir informes trimestrales al secretariado ejecutivo del sistema nacional de seguridad pública sobre movimientos que presentan cuentas específicas, la situación del ejercicio de recursos, su destino y recursos comprometidos, devengados y pagados.
ROSALBA FLORES VARGAS